En este trabajo se intenta mostrar que, en el ámbito jurídico, las normas funcionan como razones superables o "pro tanto",y que - a diferencia de lo que sugiere la teoría predominante - ello presupone admitir que las normas juridicas no son condicionales derrotables. La tesis central del trabajo es que si admitimos que las normas jurídicas son derrotables, debemos admitir también una teoría escéptica respecto de las mismas. Ello supone que el contenido del derecho se identifica en cada caso individual. A fin de desarrollar este tema se establece una distinción entre reglas y principios, ofreciendo argumentos a favor de la disparidad categorial entre estos dos tipos de normas, que, sin embargo, tienen la misma estructura formal. En tanto normas, tanto las reglas como los principios son enunciados condicionales estrictos que determinan, ex ante, una consecuencia deóntica.
Razones y Normas
REDONDO NATELLA, MARIA CRISTINA
2012-01-01
Abstract
En este trabajo se intenta mostrar que, en el ámbito jurídico, las normas funcionan como razones superables o "pro tanto",y que - a diferencia de lo que sugiere la teoría predominante - ello presupone admitir que las normas juridicas no son condicionales derrotables. La tesis central del trabajo es que si admitimos que las normas jurídicas son derrotables, debemos admitir también una teoría escéptica respecto de las mismas. Ello supone que el contenido del derecho se identifica en cada caso individual. A fin de desarrollar este tema se establece una distinción entre reglas y principios, ofreciendo argumentos a favor de la disparidad categorial entre estos dos tipos de normas, que, sin embargo, tienen la misma estructura formal. En tanto normas, tanto las reglas como los principios son enunciados condicionales estrictos que determinan, ex ante, una consecuencia deóntica.I documenti in IRIS sono protetti da copyright e tutti i diritti sono riservati, salvo diversa indicazione.